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REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO PARA PADRES Y ALUMNOS

FUNDADO EN 1957 Colegio Santa Cecilia es un Establecimiento Educacional en que se definen las   siguientes características: 

- Declarado Cooperador de la función educacional del Estado (7480/1973).

- Católico-Laico en que se imparte la asignatura de Religión Católica, de acuerdo a las normas del MINEDUC.

- La enseñanza que se imparte es mixta desde pre-Kinder hasta 4º Año de enseñanza media Humanístico-Científica.

- Su financiamiento corresponde a la categoría de Colegio Particular Pagado.

- En todos los niveles se aplican Planes y Programas de Estudios oficiales del MINEDUC y/o planes y programas propios para algunos subsectores

- El idioma extranjero inglés, se imparte desde pre-Kinder hasta 4º de E. Media, en forma obligatoria, con planes y programas propios para el primer ciclo básico. 

ORGANIGRAMA  

En su organización interna, se distinguen los siguientes estamentos:

- Dirección Académica

- Dirección Administrativa

- Inspectoría General

- Unidad Técnico Pedagógica

- Plantel de Docentes

- Personal de Servicios

- El Establecimiento cuenta además con un departamento de Orientación y Psicopedagogía que asesora a los diferentes  estamentos. 

PLANTA FÍSICA Y SU ORGANIZACIÓN 

EDUCACIÓN PRE-BASICA: Este nivel funciona en el anexo ubicado en Vicuña Mackenna 6181 y cuenta con dos salas de clases sala de computación y dependencias, de acuerdo a las normas vigentes. Su espacio de recreo y actividades extramuros, se realizan en patio embaldosado de 400m2.

1º a 8º AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA: Funciona en el local de Mirador Azul 94, que es la Casa Central del Establecimiento. Este local cuenta con 14 salas de clases, sala de reforzamiento, oficinas de Dirección, Inspectoría y de atención de apoderados, Salas de Profesores, Biblioteca, Laboratorio de Computación, Laboratorio de Ciencias, Enfermería, Cafetería y Portería. Cuenta, además, con una multicancha techada, camarines, 300m2 de patio cubierto y 700m2 de patio descubierto. A este local tienen acceso a estacionarse en el interior, 18 buses escolares, registrados en el Establecimiento.

ENSEÑANZA MEDIA: funciona en el local ubicado en Punta Arenas 6182. Cuenta con 11 salas de clases, oficinas, laboratorios de ciencias, camarines y dependencias,  patio y multicancha techada. 

La distribución de cursos y vacantes por jornada, corresponde a la siguiente tabla: 

NIVEL

VACANTES

PRE-KINDER Y KINDER

22 Y 28

34

34

34

34

34

34

34

34

1º MEDIO

34

2º MEDIO

34

3º MEDIO

34

4º MEDIO

34

 

 Las cantidades de cursos por nivel podrá aumentarse a dos, de acuerdo a demanda.  

 

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO PARA PADRES Y ALUMNOS 

INTRODUCCIÓN            

El sentido de este reglamento es básicamente educativo y su aplicación debe contribuir a la formación de conductas, actitudes y hábitos positivos en los alumnos, que les permita una convivencia normal y agradable dentro de la comunidad escolar.           

Nuestro colegio, como toda institución seria y responsable, basa su quehacer en el cumplimiento de normas, las cuales puestas en práctica y respetadas por sus componentes, nos permite armonizar su funcionamiento, mantener las mejores relaciones entre las partes y obtener en forma óptima los objetivos preestablecidos e inherentes a todo proceso de enseñanza-aprendizaje.           

Como toda comunidad escolar, necesita precisar derechos y deberes que guíen el hacer de cada uno de sus miembros, como de los estamentos que la componen, se incluyen también algunos aspectos básicos dirigidos a los padres y apoderados, como parte de la comunidad educativa y esencial en el proceso educativo y su compromiso con el colegio.           

Por último, pretendemos crear una tradición de respeto por  la persona, con el propósito de que las relaciones humanas sean las mejores entre los miembros que la integran.            

El presente Reglamento constituye un cuerpo de normas por las cuales se regirá el funcionamiento de la comunidad escolar, el cual estará en constante revisión para su perfeccionamiento y las modificaciones que en él se produzcan serán comunicadas oportunamente a la comunidad escolar.           

Paralelamente, si es necesario, se emitirán circulares, ya sea para aclarar determinadas situaciones o para establecer normas puntuales sobre el quehacer escolar del respectivo año. 

OBJETIVOS

a.- Integrar progresivamente al alumno a la vida cívica, en forma participativa, responsable y  democrática, teniendo conciencia de sus derechos y deberes.

b.- Dar a conocer a los padres y apoderados, los deberes y derechos del alumno, para que asuma su compromiso personal de paternidad responsable. 

1.- DE LAS OBLIGACIONES DE LOS PADRES Y APODERADOS

1.1. -    Los padres, al matricular a sus hijos, se comprometen a participar activamente en todas las actividades que el colegio les requiera.

1.2.-     Hacer evaluaciones de especialistas externos, en los plazos que se indiquen, cuando el colegio así lo requiera, entregando posteriormente el o los certificados y/o informes de especialistas al colegio.

1.3.-     Entregar, en los plazos que se indican, inicio del Primer y Segundo Semestre, informes o certificados de Especialistas tratante (de acuerdo a la naturaleza del problema) que sugiera la aplicación de alguna medida de excepción temporal o anual.

1.4.-     De mantenerse para el 2° semestre la necesidad de una eximición y/o aplicación de evaluación diferenciada, se deberá presentar informes y/o certificados actualizados del Especialista Tratante, al inicio del segundo semestre; en caso contrario se reintegrará al alumno (a) a las exigencias normales de todos los sectores del Plan de Estudio.

1.5.-     Es obligatoria la asistencia de los Apoderados a todas las reuniones de curso y citaciones personales. La no asistencia, sin causa justificada y sin aviso, significará la suspensión de clases del alumno.

1.6.-     Cuando el Apoderado sea citado por la Dirección o Profesores del establecimiento, éste deberá presentarse en el colegio,  de lo contrario el pupilo no podrá entrar a clases hasta la presentación del Apoderado.

1.7.-     Deberán velar responsablemente por la presentación personal, estudios, asistencia, puntualidad y comportamiento del alumno.

1.8.-     Comprometerse a fondo en la tarea educativa de su pupilo, en una relación cordial y respetuosa con los profesores y directivos, respetando las decisiones que de ellos emanen.

1.9.-     Hacer llegar  oportunamente los útiles escolares y materiales requeridos al alumno, como también, cuando le sea solicitada, la documentación original de su pupilo (antecedentes).

1.10.-     Mantener actualizada la libreta de comunicaciones del alumno, revisarla diariamente y firmar las comunicaciones enviadas.

1.11.-     Responsabilizarse económicamente de todo daño o deterioro que su pupilo haga al mobiliario, instalaciones o dependencias del establecimiento.

1.12.-   Es obligación del apoderado cancelar mensualmente la escolaridad de su pupilo, dentro de los plazos estipulados que corresponde a los días 5 de cada mes, adelantado. El incumplimiento de esta obligación  será motivo de suspensión de clases y/o retención de informes de notas. La reiteración del incumplimiento del pago oportuno de las escolaridades, podrá ser motivo para no renovar la matrícula para el año escolar siguiente.

1.13.-   El pago de la matrícula para el año siguiente, se efectuará en Octubre y Noviembre o en los plazos y forma que se indica anualmente en una circular para dicho efecto.

1.14.-   El pago de matrícula será válido solamente si se encuentran canceladas todas las escolaridades del año en curso. En caso contrario, dicho valor se abonará a la deuda pendiente y el alumno perderá su vacante.

1.15.-   La Dirección del colegio se reserva el derecho de exigir documentos de respaldo, que garanticen el pago de las escolaridades, los que pueden ser cheques o pagaré.

1.16.-   En el caso que el apoderado se desista de ocupar la vacante y ya hubiere cancelado la matrícula, el colegio devolverá solamente el 50% del valor, hasta el 12 de diciembre del año calendario anterior para el cual se matriculó. Posteriormente, no habrá devolución. 

2.- DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS

2.1. -    Ser escuchado ante cualquier situación que le impida o altere el normal desarrollo de su Proceso Educativo, por la persona que corresponda a la naturaleza del problema.

2.2.-     Permanecer en el recinto del Colegio dentro de su horario de clases, salvo situaciones especiales notificadas previamente.

2.3.-     Utilizar las dependencias destinadas a ellos, siempre que lo hagan en forma ordenada y responsable y/o asesorado por un profesor o inspector.

2.4.-     Conocer oportunamente sus calificaciones u observaciones.

2.5.-     Participar en actividades extraescolares ofrecidas por el Colegio en el horario de la jornada extendida o en horario extraordinario.

2.6.-     Formar parte del Centro de Alumnos del curso y/o del colegio.

2.7.-     Utilizar los servicios de la Biblioteca del colegio, de acuerdo a las disposiciones propias de ella.

2.8.-     Podrán pedir certificados, copias de certificados, comprobantes de matrícula etc..

2.9.-     Retirarse del colegio dentro del horario de clases, siempre que venga su apoderado, personalmente, a retirarlo o en su representación, una persona adulta, autorizada por escrito. En todo caso, el colegio se reserva el derecho de autorizar la salida del alumno.

2.10.-   Apelar a la persona que corresponda cuando considere que no ha sido evaluado de acuerdo a las normas legales vigentes al respecto.

2.11.-   Solicitar que cualquier participación o colaboración positiva u otros aspectos de la vida escolar,  sea transcrita en su hoja de vida.

2.12.-   Elegir las asignaturas electivas y área del plan de estudio  entre las opciones y vacantes ofrecidas por el colegio.

2.13.-   Ser evaluado de acuerdo con el Reglamento de Evaluación Interno del Colegio, en el marco de las disposiciones legales vigentes. 

3.- DE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS

3.1.-     PRESENTACIÓN PERSONAL   Si existen dudas respecto a la interpretación de las normas que se indican en el presente Título, será Inspectoría General quién determinará cual es el espíritu del Reglamento. El alumnado debe presentarse a diario, acorde con su calidad de educando, correctamente uniformado.

3.1.1.-Los alumnos de pre-básica usarán, como uniforme, el buzo del colegio. Cotona beige para los niños y delantal celeste liso (no cuadrillé), las niñas.

3.1.2.-  UNIFORME OFICIAL DE DAMAS de 1º a 8º Básico:Falda pantalón, sweater, polera de piqué manga larga o corta chaqueta de polar, delantal celeste liso todo de acuerdo a modelo oficial del colegio.En el período comprendido entre el 1º de Mayo y el 30 de Septiembre de cada año, las alumnas podrán usar pantalón azul marino de paño.De 1º medio a 4º medio, usarán falda.

3.1.3.-  UNIFORME OFICIAL DE VARONES de 1º básico a 4º medio: pantalón gris, polera de piqué manga larga o corta, sweater, chaqueta de polar, cotona beige es obligatoria solamente en básica, todo de acuerdo al modelo oficial del colegio.

3.2.-     Otras prendas de abrigo permitidas, como gorros, bufandas, cuellos, guantes de lana o de polar, deberán ser de color azul marino

3.3.-     Toda prenda del uniforme, deberá tener marcado el nombre y el curso del alumno para facilitar la identificación, en caso de encontrarse extraviada. En todo caso, sólo el alumno es el responsable de sus pertenencias.

3.4.-     El uniforme de educación física, exigible también en las actividades extraescolares, es: Short azul marino, polera verde reglamentaria  de manga corta o larga y buzo reglamentario del colegio, zapatillas negras y calcetas blancas. No se permite el uso de ropa de otros colores y modelos que sobresalgan del uniforme oficial

3.5.-     Los alumnos y alumnas deben presentarse a clases sin maquillaje, teñido de pelo, peinados especiales, joyas o adornos extraños al uniforme.

3.6.-     Los varones deberán usar un corte de pelo moderado y clásico, no más largo que el borde del cuello de la camisa.

3.7.-     Abstenerse de traer al colegio objetos de valor como relojes, anillos, grabadoras, celulares, equipo musical personal, calculadoras, dinero, etc.Si lo hiciere, la Dirección no se hará responsable en el caso de robo o pérdida.Los alumnos que trajeren celular  deberán mantenerlo apagado durante el horario de clases. Se prohíbe el uso de los equipos de música personal durante la jornada escolar.

3.8.-     Todos los alumnos deberán traer diariamente los útiles escolares de acuerdo al respectivo horario de clases, evitando traer libros o elementos ajenos a las clases y al colegio 

4.- DE LA MATRICULA DE ALUMNOS NUEVOS

4.1.-     Presentar al momento de matricularse, la documentación necesaria que le sea  solicitada.

4.2.-     Aceptar y cumplir cada uno de los artículos del presente Reglamento

4.3.-     Ser matriculado por el apoderado responsable de velar por sus estudios, asistencia, comportamiento, pago de aranceles y en todo aquello que diga relación con la formación del alumno. 

5.- DE LA LIBRETA DE COMUNICACIONES

5.1.-     Los alumnos deberán usar libreta de comunicaciones, cuyo formato determinará la Dirección del colegio la cual deberá ser adquirida al inicio de cada año escolar.

5.2.-     Deberán presentarse diariamente con su libreta de comunicaciones, manteniendo actualizada la hoja de identificación, registrando la firma del apoderado y otra de alternativa, como así también el horario de atención del Profesor  Jefe.

5.3.-     Será considerado el único medio de comunicación escrito del colegio con el apoderado y viceversa. Por lo tanto deberá mantenerse en buen estado de conservación.

5.4.-     En caso de pérdida,  extravío o haberse completado, deberá adquirir una nueva libreta. 

6.- DE LAS EVALUACIONES

6.1.-     Rendir un máximo de dos pruebas en un día, pudiendo ser una de ellas coeficiente dos.

6.2.-     Asistir a todas las pruebas o trabajos fijados por los profesores.

6.3.-     El apoderado deberá justificar personalmente, en Inspectoría, cuando el alumno falte a una prueba coeficiente uno. La no presentación del apoderado, dentro de un plazo de 48 horas, significará para el alumno, ser sometido a la evaluación pendiente con una escala máxima de notas igual a 5.0 (cinco punto cero).

6.4.-     Presentar certificado médico, hasta 24 horas después del día de la prueba, si se trata de una prueba coeficiente dos.

6.5.-     Si se trata del Procedimiento de Evaluación Final, la justificación y/o  certificado médico debe ser presentado el mismo día.

6.6.-     La evaluación de trabajos realizados en cualquier asignatura y entregados en una segunda fecha establecida, considerará nota máxima 6.0 (seis punto cero)  Los trabajos entregados con posterioridad a esta segunda fecha, tendrán calificación máxima 4.0 (cuatro punto cero).La no entrega, consignará la nota 2.0

6.7.-     El incumplimiento reiterado en la entrega de trabajos, deberá ser justificado personalmente por el apoderado.

6.8.-     Todos los alumnos y alumnas que tengan que rendir el Procedimiento de Evaluación Final, deberán asistir al periodo de "Nivelación Intensiva Obligatoria" en fechas y horarios que se indiquen.

7.- DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

7.1.-     Cumplir estrictamente con las horas de entrada al colegio, ingresando a él, antes del toque de campana que indica el inicio de la jornada.

7.2.-     Toda inasistencia deberá ser justificada por el apoderado, a través de la libreta de comunicaciones, al momento de incorporarse el alumno a clases. Si no lo hace, el apoderado justificará personalmente al día siguiente.

7.3.-     Los alumnos de 1º a 8º básico que se presenten a clases con posterioridad al toque de timbre o campana, serán admitidos en clases como alumnos atrasados, durante la primera hora, previa autorización de inspectoría, quedando registrado el atraso en la libreta de comunicaciones del alumno y en el libro de clases.El alumno de E. Media que se presente a clases con posterioridad al toque de campana o timbre, podrá ingresar a la segunda hora de clases, quedando registrado el atraso en la libreta de comunicaciones del alumno y en el libro de clases. Los atrasos se incluirán en el informe de notas.Si se presenta con posterioridad a la primera hora, deberá presentar justificativo. O bien, el apoderado justificar personalmente dicho atraso.

7.4.-     Por cada tres atrasos registrados en los últimos 30 días, será sancionado con un día de suspensión de clases. En el caso que los atrasos sean justificados en el momento por el apoderado, se suspenderá al alumno por un día después del cuarto atraso registrado. Las justificaciones se aceptarán sólo por tres veces en el año.

7.5.-     Inasistencia continua por más de cinco días y/o atrasos reiterados, deberán justificarse personalmente por el apoderado.

7.6.-     No se considerará atraso si el alumno presenta certificado de atención médica, sin perjuicio de aplicar la normativa relacionada a evaluación.

8.- DE LAS OBLIGACIONES GENERALES DE LOS ALUMNOS

8.1.-     Deberá concurrir, rápida y ordenadamente, al toque de timbre o campana al lugar de formación habitual.

8.2.-     Deberá observar una actitud de orden y respeto durante los actos oficiales y   especialmente cuando se entona el Himno Nacional.

8.3.-     Deberá permanecer dentro del colegio durante la jornada de clases.

8.4.-     Deberá permanecer en su sala de clases durante los cambios de hora, o en sus horas libres. Para salir de ella, deberá contar con la autorización del profesor o de inspectoría.

8.5.-     Deberá asistir a las clases de todas los subsectores del Plan de Estudio correspondiente a sus respectivos cursos, no pudiendo hacer ningún tipo de discriminación respecto a dichos subsectores.

8.6.-     Deberá asistir a las actividades extraescolares fijadas dentro de la jornada extendida y que correspondan a deporte, estudio u otras que el colegio disponga.

8.7.-     Deberá mantener un comportamiento cortés y respetuoso en las horas de clases, patio, calles, medios de locomoción y con todos los miembros de la comunidad

8.8.-     No se permite fumar en salas de clases, patios, dependencias en general y alrededores del colegio.

8.9.-     Deberá responder de sus acciones, de acuerdo a la gravedad del acto cometido, cuando la conducta comprometa negativamente el prestigio del colegio y/o las relaciones humanas.

8.10.-   No realizará actividades de tipo político partidista, cualquiera sea la ideología que pretenda difundir, transmitir, publicar, etc. y sea cualquiera el medio empleado para lograrlo.

8.11.-   Deberá reponer los bienes materiales del colegio que haya perdido, deteriorado o destruido, casual o intencionalmente. La responsabilidad por cualquier daño o destrozo cometido dentro del colegio y cuyo autor o autores no sean individualizados, la tendrá el grupo curso que haya participado en el momento y lugar del hecho.

8.12.-   No ingresará elementos, artículos, sustancias, armas, etc., que no estén relacionados con su quehacer estudiantil y que atenten contra las buenas costumbres, la moral,  la seguridad y la salud de las personas.

8.13.-   Cooperará en mantener el aseo, resguardo de bienes y conservación de la integridad material del colegio.

8.14.-   No practicará juegos bruscos en el interior del recinto y sus inmediaciones, que ponen en peligro su integridad física personal y la de otros compañeros (as).

8.15.-   Informará a su apoderado, oportunamente de citaciones a reuniones, entrevista con inspectoría, docentes o Dirección.

8.16.-   Entregará toda información o circular que entregue el colegio a los apoderados. Al ser entregada al alumno, la Dirección estima que el apoderado ha tomado conocimiento.

8.17.-   Deberá mantener una actitud honesta frente a todos  los miembros de la comunidad escolar.

8.18.-   Todo alumno del establecimiento debe actuar responsablemente ante deberes y obligaciones que le imponen su calidad de estudiante de nuestro colegio.

9.- DE LAS SANCIONES

9.1.-     Se consideran faltas, todas aquellas conductas que vayan en contra de este cuerpo de normas, que sean contrarias a los principios de convivencia dentro del establecimiento, a las normas elementales de ética o a las disposiciones legales vigentes emitidas por la autoridad superior (Ministerio de Educación).

9.2.-   Las faltas se clasifican en:     

-           Leves

-           Mediana gravedad

-           Graves

-           Gravísimas

9.2.1.-  FALTAS LEVES: Son las acciones de los alumnos que interfieren y/o alteran el normal desenvolvimiento del proceso enseñanza-aprendizaje de un alumno o varios de ellos, salvo que no signifiquen agravio o riesgo a la integridad de las personas y/o del establecimiento. Por ejemplo:

- No portar la libreta de comunicaciones.

-  Concurrir a clases sin uniforme completo.

-  Llegar atrasado al inicio de la jornada.

-  No portar libros, útiles o materiales que deberá usar en sus clases.

-  Aseo personal y/o apariencia personal inadecuada (pelo, ropa).

- Incumplimiento de tareas u otros deberes escolares.

- Ocupar y/o utilizar dependencias del establecimiento, sin autorización de Inspectoría o Dirección.

- Actitudes y/o modales inadecuados para el ambiente educacional.

9.2.2.-  FALTAS DE MEDIANA GRAVEDAD: El reincidir por tercera vez en faltas leves; las acciones que interfieran o alteren el normal desarrollo del proceso educativo del establecimiento y los actos que impidan el normal desempeño de cualquier funcionario del colegio, siempre que no signifiquen agravio o riesgo a la integridad física y moral de las personas y/o del colegio. Por ejemplo:

- El ingreso a clases sin la correspondiente autorización, con posterioridad al inicio de la jornada.

-  Abandonar la sala de clases sin autorización.

-  Ser expulsado de la sala de clases por el profesor.

- Cualquier actitud descortés y/o grosera, como reacción  a una amonestación.

- Incumplimiento del reglamento de biblioteca.

- El uso del celular en el transcurso de clase o prueba

9.2.3.-  FALTAS GRAVES: El reincidir por segunda vez en falta de mediana gravedad y aquellos que interfieran y/o alteren el normal funcionamiento del colegio y que signifiquen agravio o riesgo a la integridad física o moral de las personas y/o establecimiento. Por ejemplo:

- Fumar, consumir bebidas alcohólicas y/o sustancias adictivas, dentro o alrededores del colegio-           Propiciar y/o participar en la exhibición de material con contenido pornográfico dentro del colegio.

- Ingresar fotos, revistas, CDs u otros que contengan material pornográfico.

- Propiciar, demostrar o sostener conductas reñidas con la moral o buenas costumbres.

- Falsificar la firma del apoderado o de algún funcionario del colegio, en la libreta de comunicaciones, libreta de notas u otros documentos oficiales.

- Sustracción de pruebas, objetos o valores de propiedad del colegio o de cualquier miembro de la comunidad escolar.

- Inasistencia a clases, encontrándose el alumno dentro del establecimiento.

- Destruir deliberadamente bienes del colegio.

- Escribir y/o dibujar en muros u otros lugares no apropiados para ello, contenidos ajenos al proceso educativo y/o que alteren el normal desarrollo de las actividades escolares.

- Abandonar la clase o el colegio antes del término de las actividades escolares correspondientes, no estando autorizado.

- Lanzar y/o dejar objetos que pudieran causar lesiones a las personas o daños materiales al colegio u otras viviendas.

- Promover pugilatos y/o desordenes dentro o fuera del colegio.

-  Ser sorprendido copiando durante una evaluación escrita.

- Presentar trabajos elaborados por otros alumnos, con el ánimo de engañar al profesor en su evaluación.

- Mantener dos libretas de comunicaciones simultáneamente.

- Simular hechos considerados delitos penales, cualquiera fuere la razón para ello.

9.2.4.-  FALTAS GRAVISIMAS:

Caer en sanción por segunda falta considerada grave.

- Ingresar sustancias adictivas y/o comercializarlas dentro o alrededores del colegio.

- Agresión física o verbal, desmedida, en contra de cualquier miembro de la comunidad escolar o bienes de las personas.

- Alteración de notas, inasistencias, atrasos y cualquier otro dato registrado en el libro de clases o cualquier otro documento oficial.

- Promover y/o participar en tomas del local escolar 

10.- DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS

10.1.-   Establécese las siguientes sanciones para las faltas disciplinarias correspondientes:

10.1.1.-FALTAS LEVES Amonestación verbal con constancia en la hoja individual del alumno.

10.1.2.-FALTAS DE MEDIANA GRAVEDAD

-           Constancia en la hoja individual.

-           Citación escrita al apoderado y constancia en el libro de citaciones de apoderados.

10.1.3.-FALTAS GRAVES

-           Constancia escrita en la hoja individual del alumno.

-           Suspensión de clases por un máximo de dos días hábiles.

-           Condicionalidad de matrícula hasta el término del año escolar y no-renovación de la misma.

10.1.4.-FALTAS GRAVISIMAS

-           Suspensión de clases hasta el fin del año escolar, permitiéndose el ingreso al establecimiento sólo para entregar trabajos y/o dar pruebas o exámenes.

-           No-renovación de matrícula.  

11.- CONDICIONALIDAD

11.1.-   Todo alumno que se incorpora al colegio, queda en calidad de condicional, durante el primer año de ingreso, por conducta y rendimiento.

11.2.-   Esta condicionalidad se hará efectiva, al término del año, si el alumno no se adecua al sistema disciplinario del colegio.

11.3.-   Todo alumno regular que no se adecue al sistema disciplinario del colegio, quedará condicional por conducta.

11.4-    Todo alumno, nuevo o antiguo, que al término del primer semestre no logre un promedio 5.0 por cada asignatura del plan de estudio y 5.5 de promedio general, quedará con la matrícula condicional hasta el 30 de septiembre del año escolar respectivo. Si no logró superar la exigencia de notas, el colegio se reserva el derecho de no renovar su matrícula para el año escolar siguiente. Si al término del año escolar, el alumno no cumple con los promedios mínimos exigidos por el colegio, quedará condicional durante el primer semestre del año siguiente. Si en dicho período, no mejora las notas, no le será renovada la matricula. Esta cláusula es aplicable tanto a alumnos nuevos como antiguos.

11.5.-   Si después de efectuadas, en el colegio y en el hogar, todas las acciones conducentes a buscar la pronta superación de las dificultades presentadas por el alumno, éstas persisten, la condicionalidad se hará efectiva.   

12.- ESTÍMULOS PARA BUENOS ALUMNOS

El colegio premiará a los apoderados de aquellos buenos alumnos que, habiendo sido alumnos regulares del establecimiento desde 5° básico o anteriores, sean un buen ejemplo para sus compañeros y obtengan un promedio de notas de acuerdo a lo indicado a continuación:

12.1.- Para los tres primeros alumnos del Colegio Santa Cecilia que cursen los niveles de 6° o 7° básico y que obtengan un promedio final anual de 6,60 o superior, obtendrán como premio, un descuento del 30% en las escolaridades fijadas para el año escolar siguiente, excepto en la matrícula.

12.2.- Para los tres primeros alumnos de los niveles de 8° básico a 3° medio que obtengan un promedio final anual de 6,60 o superior, obtendrán como premio, un descuento del 40% en las escolaridades fijadas para el año escolar siguiente, excepto en matrícula.

12.3.- En el caso de existir cursos paralelos, se considerarán los cinco primeros alumnos del nivel.

12.4.- El porcentaje de descuento se aplicará sobre el arancel fijado para el año correspondiente, no efectuándose descuentos sobre descuentos, por ejemplo, rebaja por hermano, por pago oportuno u otros. 

IMPORTANTE: El Apoderado da por entendido que al matricular a su pupilo, lo hace con pleno conocimiento de las obligaciones que impone el presente reglamento, aceptándolas en su totalidad y sin reparo alguno, estipulándose que las interpretaciones equivocadas de que  pueda ser objeto, serán definidas solamente por la Dirección o Inspectoría General del Establecimiento.